Las AIOC son los territorios indígena originario campesinos (TIOC) y los municipios y regiones que adoptan tal cualidad (Art. 291, Constitución Política del Estado). Las NPIOC podrán acceder a la AIOC a partir de un Territorio Indígena Originario Campesino, un Municipio o una Región Indígena Originaria Campesina. (Art. 44, Ley N. 031 Marco de Autonomías y Descentralización)

La constitución de una AIOC es un proceso de cuatro etapas: 1. Acceso a la AIOC mediante consulta, según normas y procedimientos propios; 2. Conformación del Órgano Deliberativo o su equivalente para la elaboración y aprobación del proyecto de Estatuto Indígena Originario Campesino; 3. Aprobación del Estatuto mediante normas y procedimientos propios y referendo, y 4. Constitución del gobierno de la AIOC, como ejercicio del autogobierno y la libre determinación.

 

GESTIÓN 2023

RESOLUCIÓN TED – SCZ-RSP-PIOC Nº 000/2023

GESTIÓN 2024

RESOLUCIÖN TED-SCZ-AIOC Nº 001/2024

Resolución TED-SCZ-AIOC Nº 001/2024 de aprobación del informe de supervisión SIFDE.SCZ.OAS. Nº 001/2024 sobre la elección de Asambleístas Representantes de la Zona del Bajo Isoso – Autonomía Indígena Originaria Campesina Charagua Iyambae.

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